Un juzgado contencioso-administrativo de Madrid ha anulado una multa de cuatro puntos y 200 euros a un conductor que, supuestamente, se saltó el semáforo en rojo de la Avenida Islas Filipinas, número 18. Con el recurso presentado por Automovilistas Europeos Asociados (AEA) –que ya en 2010 denunciaron que había errores de sincronización entre lo que grababan las cámaras de los semáforos–, se ha estimado que “el examen de las fotografías aportadas al expediente deja suficiente lugar a dudas como para haber hecho precisa, a riesgo de indefensión del expedientado, la admisión de las pruebas a cuya práctica solicitó en vía administrativa”.

En la sentencia se explica que “la distancia que existe en la parte inferior de la luz encendida hasta la superior del dispositivo destinado a regular el tránsito de los peatones, no parece ser suficiente para albergar los espacios correspondientes a la luz ámbar y verde, como habría debido ser en el caso de que el semáforo estuviese ciertamente en fase roja”.

El juzgado, por tanto, ha declarado nula la resolución y anula sanción impuesta. El conductor tendrá la devolución del importe que abonó con anterioridad, incluidos los intereses. La sentencia es firme y no cabe recurso ordinario.