La ITV cambia. Desde el 1 de junio y según detalla la nueva versión del manual de procedimiento por el que se rigen los centros donde se realiza la inspección técnica de vehículos. El objetivo es adecuar las pruebas a las nuevas tecnologías que incorporan los vehículos.

Tal y como señalan desde la Asociación Española de Entidades Colaboradoras de la Administración en la Inspección Técnica de Vehículos AECA-ITV las modificaciones son estas tres:

  • Funcionamiento del ABS: El sistema electrónico que evita el bloqueo de los frenos cobra más importancia. En concreto cambia la gravedad del defecto de no funcionamiento del ABS cuando no es obligatorio llevarlo. A partir de ahora, si el sistema antibloqueo de frenos presenta algún tipo de fallo pasa de considerarse un defecto leve a un defecto grave. Muchas veces este defecto queda patente porque se enciende un chivato en el cuadro de instrumentos del vehículo.
  • Espejos retrovisores: En algunas ocasiones se ven vehículos que llevan los espejos retrovisores sujetos de forma poco ortodoxa. Es decir por ejemplo pegados con cinta adhesiva. A partir de ahora un posible desprendimiento de los espejos retrovisores también pasa a considerarse como un defecto grave. Esto quedará a criterio del operario de la ITV que comprobará que está bien fijado.
  • Comprobación administrativa: se establece la posibilidad de comprobar los datos del permiso de circulación por medio del Registro General de Vehículos de la DGT en caso de no ser presentado éste en la estación de ITV.

Si un defecto se considera grave hay que recordar que el vehículo solo puede circular para acudir a un taller mecánico donde subsanar las deficiencias detectadas. Luego debe volver a pasar la ITV.

El Brexit y la ITV

Otros aspectos que cambian hacen referencia a los conductores británicos y en concreto se deben al Brexit. A partir de ahora los vehículos procedentes de Reino Unido que se quieran matricular en España con posterioridad al 31/12/2020, se considerarán procedentes de terceros países, es decir no pertenecen al Espacio Económico Europeo.

Por lo tanto, a partir de esa fecha, tienen que cumplir todos los requisitos establecidos para la matriculación de este tipo de vehículos y deberán realizar los trámites de importación necesarios.

A esto se añade que las homologaciones de vehículos otorgadas por el Reino Unido a partir de la fecha indicada, no serán consideradas europeas, una circunstancia que supone perder ciertos beneficios en lo referente a la documentación y simplicidad de los trámites necesarios.

Por otro lado, a pesar de la evolución positiva de la pandemia del coronavirus, se mantienen las medidas de higiene y prevención en las estaciones de ITV para garantizar que son lugares seguros. Por lo tanto se prioriza al máximo reducir el contacto entre el inspector y el usuario.

Cambios en el test de gases

Tal y como recuerdan desde AECA-ITV, uno de los cambios más significativos que se produjo el año pasado por el coronavirus, y que se seguirá aplicando en la actualidad, tiene relación con la prueba de emisión de gases.

Para reducir las posibilidades de contagio, la lectura OBD ha quedado limitada a determinados vehículos, ya que realizar la lectura del diagnóstico a bordo de emisiones supone acceder al habitáculo del vehículo por parte del inspector.

El inspector entra al vehículo con los EPIS necesarios.

Esta limitación no se aplica a los vehículos industriales de más de 3.500 kg ni en los autobuses. De acuerdo a la normativa, el inspector entra al vehículo con los EPI´s (equipos de protección individual) recomendados para conectar el puerto.

En cualquier caso la prueba de emisiones se realiza o por medio de una sonda que se coloca en el tubo de escape para medir los gases que se emiten o conectándose a las centralita del vehículo.