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Un motorista, debido a la velocidad a la que circulaba, se enfrenta a un posible delito contra la seguridad vial dado que superaba en 80 km/h el límite genérico de la carretera, 90.
Este tipo de infracciones de tráfico están recogidas en el artículo 379.1 del Código Penal, que detalla que el conductor se enfrenta a una "pena de prisión de tres a seis meses, multa de seis a doce meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días". A esta pena se añade la "privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años".
Denunciado un motorista por los Mossos
Sin embargo, aún hay conductores que no respetan las norma de circulación, como ha ocurrido en este caso. Se trata de un motorista que circulaba por la carretera N-420, a la altura del término municipal de Duesaigües, provincia de Tarragona.
Tal y como muestra la imagen, el vehículo fue captado por un radar colocado en el kilómetro 855,5 a una velocidad de 181 km/h en un tramo donde el límite genérico de la vía es de 90, por lo tanto iba a más del doble de lo permitido. Supone así un delito contra la seguridad vial por lo que los Mossos le han denunciado penalmente.
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