Todo comenzó en el año 2016 cuando la Comisión Europea modificó e incrementó el límite de las emisiones permitido para las ciudades para tener en cuenta “ciertas incertidumbres estadísticas y técnicas”. Se fijaron entonces unos baremos que posibilitaban superar el rango estabecido por la norma Euro 6.

Ante esta situación, los ayuntamientos de Madrid, Bruselas y París, tal y como informa Cinco Días, interpusieron sendos recursos de anulación ante el tribunal de Luxemburgo porque consideraban que desde Europa no se podían adoptar unos valores de emisiones de NOx menos exigentes que los fijados para la norma Euro 6.

Los jueces señalan que los límites fijados en la Euro 6 no se pueden modificar porque son “un elemento esencial”.

Desde Europa este Tribunal General da la razón a estos ayuntamientos que fijaron su límite de acuerdo a los ensayos RDE, que son aquellos llevados a cabo cuando se homologan los vehículos y que se realizan en escenarios reales de conducción, algo que se cuestionaba desde la UE.

Los jueces también señalan que los límites fijados en la Euro 6 no se pueden modificar porque son “un elemento esencial” que la Comisión no puede alterar.

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Rodrigo Pareja

Periodista especializado en movilidad en todas sus variantes: coche, moto, bicicleta, patinete eléctrico... y no siempre por este orden, dado que la forma en la que nos desplazamos está cambiando. Más de 20 años de experiencia en el mundo del automóvil y en constante adaptación en un sector que no deja de generar noticias.