Este mes ha entrado en vigor la nueva normativa que regula la Inspección Técnica de Vehículos –ITV– y son muchas las novedades que han sido implementadas como por ejemplo pasar la inspección un mes antes de la fecha de vencimiento, además del uso del control electrónico del kilometraje para comprobar que no se haya trucado.

Desde Legalcar, abogados de tráfico online, recuerdan que en caso de que el resultado de la inspección sea desfavorable –un fallo grave o la suma de varios fallos leves– hay un plazo de 2 meses para reparar el vehículo, en este caso solo se podrá movilizar el vehículo hacia el taller y hacia la estación de ITV, si se realiza cualquier otro recorrido la multa podría ser de 200€.

En caso de ITV negativa, el coche será retenido en el centro de inspección y solo se podrá movilizar el vehículo hacia el taller y viceversa utilizando una grúa. La multa por cualquier otra circulación es de 500 euros.

Circular con la ITV caducada puede suponer 200 euros de multa, incluso te pueden sancionar si el coche está aparcado en la calle.

En el caso de que se circule con la ITV caducada la multa es de 200 euros, incluso te pueden sancionar por este concepto si el coche está aparcado en la calle. Conducir sin la ITV favorable puede complicarse aún más si sufrimos un accidente de tráfico. En Legalcar, abogados de tráfico online nos explican lo que sucede en cada escenario:

.- Sufrir un accidente de tráfico con la ITV desfavorable, negativa o caducada, pero el culpable es otro conductor: En estos supuestos se tiene derecho a recibir una indemnización por los daños personales, materiales y patrimoniales derivados del accidente. Sin embargo, si la Policía o Guardia Civil acude al accidente a levantar el pertinente atestado, podrán darse cuenta de la situación irregular del vehículo y podrán multarte acorde a la situación de tu vehículo. A pesar de que no pierdes la indemnización, debes tomar en cuenta que la compañía podría negarse a abonar tu cobertura por defensa jurídica.

.- Ser el culpable del accidente y circular sin ITV favorable: Este caso puede llegar a complicarse mucho, pero dependerá sobre todo de las clausulas excluyentes de tu póliza de seguros. En caso de sufrir un accidente y ser el responsable, tu compañía de seguros asume el pago de la indemnización del resto de implicados, sin tener repercusión económica para el tomador de la póliza. Sin embargo, si en tu contrato dice que se excluyen los casos en los que el vehículo tenga una situación administrativa irregular, si te encuentras en esta situación, debes saber que tu compañía va a abonar la indemnización a los perjudicados, pero podría repetirle dicho abono al tomador de la póliza.

.- Tener un accidente como consecuencia de un fallo mecánico: Si el siniestro ha sido provocado exclusivamente por un fallo mecánico no tienes derecho a una indemnización por tus lesiones, pero si tienes una póliza a todo riesgo (dependiendo de sus condiciones) puede que se te indemnicen los daños del vehículo. Pero, si la compañía de seguros logra demostrar que el vehículo circulaba con ITV desfavorable, negativa o caducada, la aseguradora se negará a abonar la indemnización y en el caso de que haya más perjudicados también podrá repercutir el pago de la indemnización al tomador del seguro.

.- Ocupante en un accidente cuyo vehículo conducía sin ITV favorable: Los ocupantes siempre tienen derecho a recibir una indemnización, sin importar quien ha sido el culpable o la situación administrativa del coche, pero como se ha comentado anteriormente, la aseguradora podrá repetir la indemnización al conductor culpable si circulaba sin la ITV favorable.

En caso de ITV negativa, el coche será retenido en la ITV y solo se podrá movilizar hacia el taller y viceversa utilizando una grúa.

.- Tener un accidente contra un vehículo sin ITV favorable: Si el problema con la ITV lo tiene el otro conductor, no tendrás que preocuparte de nada, pues serás indemnizado sin ningún inconveniente, ni retraso por parte de la aseguradora del vehículo responsable.

Estos supuestos pueden variar de acuerdo a las clausulas excluyentes de cada póliza de seguro. Desde Legalcar recomiendan prestar especial atención a las condiciones del contrato con la aseguradora. Además por seguridad y la de los ocupantes, no es en absoluto recomendable conducir el vehículo sin la ITV favorable.