Negar el auxilio en carretera es un delito tipificado en nuestro código penal. Sin embargo, pocos son los conductores que conocen esta circunstancia y muchos los que a día de hoy, se dan a la fuga abandonando a la víctima a su suerte, con el resultado, a menudo trágico, que este comportamiento conlleva para la misma. Hace sólo unos días te contamos que los primeros 60 minutos tras sufrir un accidente son cruciales para salvar vidas, pero hoy desde TRAFICOAYUDA nos recuerdan que son muchos los conductores que incurren en este delito y pocos los que conocen sus consecuentas; las que te exponemos a continuación.

La omisión del deber de socorro, consiste en negar la ayuda vital básica a una persona que se halle desamparada y en peligro manifiesto o grave, cuando dicha ayuda pueda dispensarse sin riesgo propio ni de terceros. Este tipo de actos, aparte de agravar el posible delito cometido, aumentan la repulsa social hacia estos conductores carentes de la deseable solidaridad pero sobre todo, les convierte en acusados de una falta mayor. El delito de omisión de socorro se contempla el Código Penal en su artículo 195 y además, se encuentra en proceso de reforma en el Congreso de los Diputados.

Se debate el ampliar a nueve años las penas de cárcel en caso de imprudencia grave, ejemplo de ello sería la omisión de socorro en carretera, actualmente, la ley sólo tipifica una pena de prisión de entre 6 meses y 4 años si el que omitió el deber de socorro es quien produjo el accidente. Si el accidente es ocasionado fortuitamente y no se presta auxilio, aunque la víctima se halle desamparada y en peligro manifiesto y grave, la pena sólo es actualmente de 6 a 18 meses de cárcel, y si el accidente es provocado por una imprudencia, la pena será de 6 meses a 4 años, penas que siguen siendo insuficientes para las víctimas, cuya vida depende del auxilio recibido con urgencia.

Negar el auxilio en carretera puede suponer penas de entre cuatro y nueve años de cárcel.

Estamos obligados por ley a prestar socorro a las víctimas aunque no seamos nosotros quienes provocamos el accidente. Las penas por no hacerlo, pueden ascender de 3 a 12 meses de prisión, luego caso de presenciar un accidente de tráfico, se recomienda llamar a los servicios de asistencia, teléfono 112. Desde las asociaciones de víctimas de accidentes, se alza la voz, exigiendo castigos más severos para este tipo de delitos, sobre todo para los que terminan con un resultado mortal, ya que para ellos es especialmente sangrante la impunidad que ampara a estos delincuentes sociales.

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Desde TRAFICOAYUDA y debido a las experiencias vividas, insisten en que es imprescindible una reforma urgente del Código Penal –como la que está ya en curso– para que se tipifiquen las conductas concretas omisivas que sancionen tanto la huída, el desentenderse, o la desobediencia ante lo que la ley exige para que las víctimas obtengan la reparación legal justa y acorde con el delito sufrido. Y sobre todo, para que nadie pasemos por alto, que se trata de una ayuda vital básica que hoy podrías necesitar tú mismo, tus hijos o tus seres más queridos y allegados.