Sin duda es una de las preocupaciones –junto con el precio– cuando llevamos el coche al taller. En este sentido según nos cuentan desde Ion Comunicación, en principio la ley no fija límite de tiempo para la reparación, aunque si especifica que el plazo de entrega deberá estar relacionado con la magnitud de la avería, según fija el artículo 14.8 del Real Decreto 1457/1986. Por tanto si la avería es sencilla y el taller ha prolongado el tiempo en exceso el cliente, podría reclamar una indemnización por los daños y perjuicios ocasionados al no disponer de su vehículo.

La situación cambia si la reparación está cubierta por la garantía oficial del vehículo y la avería se debe a un ‘fallo’ del mismo, poco después de su compra. En este caso, la normativa que afecta a la reparación es la referente a las garantías, establece que el comprador podrá exigir una rebaja en el precio o incluso la resolución del contrato si la reparación no se hace en un plazo razonable. El problema radica sin embargo en que se entiende por ‘plazo razonable’.

El plazo de entrega deberá estar relacionado con la magnitud de la avería.

Ante esta situación, desde Ganvan –Asociación Nacional de Vendedores de Vehículos a Motor, Reparación y Recambios– aluden a la cláusula detallada en su contrato de compraventa donde se fija que las reparaciones en garantía deberán completarse en 20 días hábiles desde la entrega del vehículo al taller, descontando el tiempo que tarden en llegar los recambios necesarios.

También hay que tener en cuenta que algunos vendedores y talleres ofrecen vehículos de sustitución durante el tiempo que dura la reparación, un servicio que el profesional no está obligado legalmente a prestar.